Ayudas por tener una persona mayor a cargo ¿Cómo solicitarlas?

La ayuda que se conceda a la persona que cuida dependerá del grado de dependencia de la persona dependiente. Hay 3 grados que estipula la ley de dependencia: moderada, severa y gran dependencia. Determinar qué grado de dependencia es, durará unos meses y estará supeditado por la Comunidad Autónoma donde reside la persona dependiente.

La tramitación de esta ayuda deberá realizarla la familia o el que actúa como cuidador, ante los Servicios Sociales del municipio donde viva la persona que cuida.

Requisitos para obtener la ayuda al tener una persona mayor a cargo

A continuación, el cuidador no profesional deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser una persona del entorno familiar, mayor a 18 años y sin grado de dependencia.
  • El informe social deberá estipular que está capacitado física y mentalmente.
  • Tiene que vivir dentro de la Comunidad o al menos a 20 kilómetros de donde vive la persona que cuida.
  • Se deberá formalizar la disponibilidad del cuidador al menos por un año para cuidar a la persona mayor a cargo.
  • No deberá estar ejerciendo ningún servicio de atención profesional.
  • Sus compromisos deben formalizarse ante la administración y no debe estar laborando en caso de atender a un número máximo de personas.
  • No debe estar acusado de ningún delito.
  • La vivienda donde efectúa el servicio deberá cumplir con ciertos requisitos de habitabilidad (ausencia de barreras), acondicionada según el grado de dependencia de la persona dependiente (distribución adecuada). Además, debe tener buena accesibilidad y cerca a servicios básicos.
  • El cuidador deberá ser un familiar (cónyuge, padres, hijos o parientes hasta con cuarto grado de consanguinidad) o una persona cercana o no familiar, pero deberá ser aprobada por un informe elaborado por un trabajador social.
  • El beneficio deberá formalizarse a través de un contrato bajo preceptos legales.

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Cuánto es el importe por tener una persona mayor a cargo

Las personas que reciben un importe por tener una persona mayor a cargo podrán cotizar al Seguro Social. Esto está vigente desde 2019 y fue pensado para aquellas personas que están en período de jubilación o que ya no cuenten con subsidio de desempleo. Sin embargo, esta regla tiene excepciones y no podrán beneficiarse:

  • Los cuidadores que ejercen una profesión y ya cuentan con Seguro Social.
  • Los que cobran beneficios de desempleo, pensionistas, jubilados o que tienen una incapacidad permanente.
  • Cuidadores que ya tienen excesiva carga laboral.

Si la dependencia es moderada, la cotización mensual será de un 50%. Si la jornada laboral se ha reducido, se sumará su cotización base según la actividad que realiza y la estipulada por el convenio. Dicha suma no debe ser mayor a su base de cotización.

Pero, ¿cuánto es la cuantía económica? Dependerá del grado de dependencia de la persona que cuida. En este sentido, las ayudas correspondientes serán:

  • Moderada. Llega a 153 euros mensuales.
  • Severa. Llega a 268 euros mensuales.
  • Gran dependencia. Llega a 387 euros mensuales.

Hay Comunidades autónomas que han aumentado esas cantidades, como es el caso de Castilla La Mancha y País Vasco. El plan también acoge a aquella persona que es cuidadora y vive en zonas rurales o poco accesibles, adyacentes al municipio, donde está la persona mayor a cargo.

Si ejerces el rol de cuidador y cumples con estos requisitos, solicita las ayudas por tener una persona mayor a cargo.

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